"En estado de alerta frente a la amenaza de los territorios y reafirmando la decisión de seguir defendiendo el agua y el modo ancestral de vida en tierras comunitarias." Esa fue la posición surgida de la asamblea (trawn) de nueve comunidades Mapuche-Tehuelche de la Meseta Centro Norte frente al proyecto de zonificación minera que impulsa el gobernador de Chubut, Mariano Arcioni, y es rechazado por la mayor parte de la población de la provincia, que desde 2003 cuenta con Ley 5001 para poner freno a los emprendimientos de megaminería.
"La zonificación prevista en el proyecto de ley 128/20, diseñado por el Ejecutivo, afectaría directamente los territorios ancestrales de las comunidades indígenas de la extensa zona de la Meseta", advirtieron las comunidades reunidas en el trawn ante al aún posible tratamiento de la norma, que Arcioni insiste en impulsar a pesar del rechazo popular, de las instituciones académicas, la comunidad científica de la provincia e incluso de los partidos históricos como el Justicialista y el Radical. La semana pasada ratificó que no daría de baja el proyecto, a pesar de las escandalosas denuncias por lobby y corrupción.
Reunidos en asamblea, en territorio comunitario de la comunidad Mallín de los Cual; los representantes de las comunidades Mapuche-Tehuelche Los Pinos; Mallín de los Cual; Chacay Oeste y Laguna Fría, Taquetren, Lagunita Salada, Cerro Bayo y Gorro Frigio , Yala Laubat, Lefimi y El Escorial, Ñuke Mapu; denunciaron que el proyecto 128/20 omite "el derecho de consulta y participación indígena, que debe ser previa a la creación de medidas legislativas o administrativas", de acuerdo a la Constitución Nacional y provincial, y al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Un proyecto inconsulto con las comunidades mapuche-tehuelche de la meseta
La declaración resuelta en territorio Mallín de los Cual, en cercanías a la localidad de Gan Gan, fue definida por los lonkos, inan lonkos y werkens de las nueve comunidades con la presencia de un representante del Ministerio de la Defensa Pública. "Los Gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente", reza el artículo 6 del convenio 169 de la OIT, que los referentes citan para declarar la ilegalidad del proyecto de Arcioni.
Esta irregularidad fue denunciada también por las asambleas ciudadanas provinciales que elaboraron un informe en el que se relevan todas las irregularidades cometidas por Arcioni para el proyecto de zonificación y fue la base documental de tres presentaciones judiciales para invalidar el intento de reponer la megaminería en la provincia, algo que el mandatario provincial había prometido no hacer durante la campaña electoral.
El informe de las asambleas detalla la "inconstitucionalidad" con la que carga el proyecto de zonificación al detallar: "No se realizó una consulta pre-legislativa, previa, libre e informada al mundo indígena, atentando contra: 1) el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con jerarquía supralegal, 2) la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Originarios, 3) la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, 4) el Art. 75 Inciso 17 y 22 de la Constitución Nacional y 5) Art. 34 de la Constitución de la Provincia del Chubut".
Foto: Nicolás Palacios